Se asumen las capacidades y los talentos excepcionales como condiciones que trascienden una clasificación globalizante o académica y, a través de los criterios señalados para su identificación, relativiza el uso de las técnicas de valoración del coeficiente intelectual para su detección.
Es necesario reconocer que dentro de la categoría de excepcionalidad aparecen diferentes formas de expresión tales como las personas con capacidades excepcionales globales y las personas con talentos excepcionales específicos: deportivos, artísticos, matemáticos, entre otros. Los lineamientos del 2001, enunciados ya en la presentación, hacen referencia a la siguiente clasificación de los talentos: científicos, tecnológicos y subjetivos. Las orientaciones, contenidas en el actual documento, integran las nominaciones utilizadas anteriormente sobre capacidades o talentos excepcionales específicos y a su vez, incluye al doble excepcional. Dentro de esta clasificación se reconoce que las personas con capacidades o talentos excepcionales no necesariamente son académicamente sobresalientes, como es el caso de los sujetos con habilidades prácticas y contextuales que no están mediados por la escuela, y se considera que la capacidad o talento excepcional puede presentarse en una o varias esferas y procesos del desarrollo, o en uno o varios dominios del saber. De la misma manera, integra dentro de esta clasificación a niños y niñas hiperestimulados.
Muy buen blog, interesante, visitaré más y recomendaré.
ResponderEliminar